ASCECO
Formación Bonificada


Bonificación a empresas para la formación en el empleo
¿QUÉ ES LA BONIFICACIÓN DE LA FUNDAE?
Es una iniciativa Pública creada para mejorar la capacitación profesional y desarrollo personal de los trabajadores, conseguir una mayor promoción e integración social de los trabajadores así como una mejora de la competitividad de las empresas, mediante la cual las empresas verán minimizados los costes de formación que ofrezcan a sus empleados.

El mecanismo es simple, todas las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores, fruto de las aportaciones realizadas por la empresa y los trabajadores a la Seguridad Social, por la contingencia de Formación Profesional.

Cada empresa sea cual sea su tamaño, actividad o ubicación puede elegir qué formación quiere hacer, el único requisito es que esta formación tenga una relación directa con la actividad de la empresa.

La bonificación que le corresponda a la empresa una vez realizada la formación (NUNCA ANTES), será restada de los pagos que esta realiza a la Seguridad Social a través de los seguros sociales que paga mensualmente.

Para tener derecho a la bonificación el alumno debe haber cubierto al menos un 75% de asistencia a la formación.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS?
Las empresas podrán descontarse totalmente el pago desembolsado por la formación realizada por sus empleados, a través de los seguros sociales.

¿QUÉ EMPRESAS SE PUEDEN BENEFICIAR?
Todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

Las empresas deben estar al corriente con la Administración para poder acceder a las bonificaciones.


¿Que tabajadores se pueden beneficiar?
Trabajadores que SI se pueden Beneficiar
  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
Trabajadores que No pueden Beneficiarse 
  • Autónomos.
  • Personal al servicio de las administraciones públicas.